El Juzgado Federal de Mercedes, a cargo del juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, falló a favor de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y ordenó la suspensión de los artículos 335 y 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que promovían la creación de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). La medida cautelar, que se mantendrá hasta que se emita una sentencia definitiva, responde a la acción de inconstitucionalidad presentada por la AFA, en la que se cuestiona la legitimidad de las disposiciones del Ejecutivo.
La AFA, representada por el abogado Dr. Alejo Kufer, argumentó que los decretos en cuestión constituyen una «intromisión inconstitucional» del Estado en la autonomía de las entidades deportivas privadas, violando derechos fundamentales consagrados en la Constitución Nacional y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En su presentación, la AFA sostuvo que la reglamentación de las SAD carece de justificación en términos de necesidad y urgencia, y refleja un abuso de poder que podría comprometer la estructura y el funcionamiento de las asociaciones deportivas en Argentina.

El fallo del juez Portocarrero destacó la necesidad de asegurar la eficacia de la sentencia final y señaló que la medida cautelar busca evitar que las entidades deportivas se vean forzadas a adoptar una forma societaria que actualmente está prohibida por los estatutos de la AFA. En este contexto, la AFA había advertido sobre el riesgo de que las SAD, que no cumplen con los requisitos necesarios para ser miembros de la entidad, pudieran adquirir derechos en virtud de los decretos impugnados, lo que obligaría a la organización a aceptarlas.
El Ministerio Público Fiscal había sugerido que el tribunal debería esperar la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) sobre un caso similar, argumentando que la justicia competente en esta materia es la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. No obstante, el juez Portocarrero rechazó esta postura, considerando que las acciones tienen finalidades procesales diferentes y que no necesariamente conducirán a un único fallo.
La disputa entre la AFA y el Gobierno se enmarca en un conflicto más amplio sobre la intervención estatal en el fútbol argentino, particularmente en lo que respecta a la entrada de capitales extranjeros a través de las SAD. Este fallo representa un revés para el Ejecutivo, que ha promovido cambios regulatorios para permitir una mayor apertura económica en el deporte, mientras que la AFA, bajo la dirección de Claudio «Chiqui» Tapia, ha reforzado su poder interno mediante recientes reformas estatutarias.
El tribunal subrayó que la medida cautelar no constituye un prejuzgamiento sobre el fondo de la cuestión, pero enfatizó la urgencia de su aplicación dada la naturaleza del DNU cuestionado. La AFA deberá cumplir con una caución juratoria, teniendo en cuenta su carácter de asociación civil sin fines de lucro, para que la suspensión de los artículos se mantenga vigente hasta que se dicte una sentencia definitiva en este controvertido caso.