Mediante el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 340/2025, el Gobierno de Javier Milei restringió de manera significativa el derecho a huelga al ampliar el listado de actividades consideradas “esenciales”, las cuales deberán garantizar una prestación mínima obligatoria del servicio incluso en caso de conflicto laboral.
La nueva normativa establece que los servicios esenciales deberán mantener al menos un 75% de su actividad habitual durante una medida de fuerza, mientras que las actividades calificadas como “de importancia trascendental” deberán sostener un mínimo del 50% de funcionamiento. Así lo indica el artículo 3 del decreto, que dispone que estas condiciones no podrán ser objeto de negociación entre las partes involucradas.
Entre las actividades que el Ejecutivo incluye como esenciales figuran:
- Servicios de salud, transporte y distribución de medicamentos, insumos hospitalarios y servicios farmacéuticos.
- Producción, transporte, distribución y comercialización de agua potable, gas, combustibles y energía eléctrica.
- Servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales.
- Aeronáutica comercial y control de tráfico aéreo y portuario (balizamiento, dragado, amarre, estiba, remolque, etc.).
- Servicios aduaneros, migratorios y todos los relacionados con el comercio exterior.
- Cuidado y educación de menores en niveles de guardería, preescolar, primario, secundario y educación especial.
- Transporte marítimo y fluvial de personas, cargas y mercaderías, así como servicios conexos y operaciones costa afuera.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial y se enmarca en una serie de reformas orientadas a la desregulación de diversos sectores, incluyendo la marina mercante. Junto a la firma del presidente Milei, el decreto cuenta con el respaldo de los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Iván Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Sturzenegger (Desregulación del Estado).
Reacciones y críticas
Desde el ámbito laboral, las críticas no se hicieron esperar. El abogado Matías Cremonte, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, expresó su repudio al decreto. “Se prohíbe hacer huelgas”, denunció en sus redes. Y agregó: “Hasta esta ilegal modificación, la legislación argentina, en línea con la OIT, solo consideraba esenciales los servicios cuya interrupción pudiera poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de la población”.
En el plano político, la diputada de izquierda Vanina Biasi también cuestionó duramente la medida y llamó a las centrales sindicales a responder con un paro general.
El secretario de Trabajo, Julio Cordero, evitó hacer comentarios al respecto.
Nueva paritaria docente sin el Estado nacional
Paralelamente, el Gobierno oficializó un cambio profundo en la negociación salarial docente. A través del DNU 341/2025, se excluye a la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano de la mesa paritaria nacional.
A partir de ahora, la negociación entre los gremios docentes y el Estado será responsabilidad exclusiva del Consejo Federal de Educación —integrado por los ministros provinciales del área—, mientras que el Estado nacional solo podrá intervenir en caso de objeciones presupuestarias al acuerdo alcanzado.
Este cambio consolida la transferencia de competencias educativas a las provincias, al considerar que son los empleadores directos de los docentes. Según el decreto, si el acuerdo entre el Consejo y los gremios no se ajusta a las posibilidades fiscales, la Secretaría podrá rechazarlo y solicitar un nuevo entendimiento.