En una decisión de alto impacto jurídico y financiero, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York revocó el fallo de primera instancia que obligaba a la República Argentina a pagar una suma cercana a los 16.100 millones de dólares por la expropiación de la petrolera YPF en 2012. La sentencia, dictada por los jueces Denny Chin y Beth Robinson, con el voto disidente de José Cabranes, invalida la condena previa de la jueza Loretta Preska y marca un punto de inflexión en el litigio más costoso que el Estado nacional ha enfrentado en tribunales extranjeros.
Los fundamentos del tribunal se centraron en una reinterpretación del derecho local argentino aplicado a los estatutos de la compañía. La mayoría de los jueces consideró que los estatutos de YPF no constituyen un contrato comercial tradicional entre accionistas, sino que cumplen una función de organización interna subordinada al derecho público. Bajo esta premisa, la Corte determinó que la ley de expropiaciones de Argentina prevalece sobre cualquier normativa privada, eliminando así la obligación de haber lanzado una oferta pública de adquisición (OPA) tras la intervención estatal hace más de una década.
La reacción de los mercados fue inmediata y drástica tras conocerse el dictamen. Las acciones de Burford Capital, el fondo que financió el litigio y esperaba obtener la mayor parte del resarcimiento, sufrieron un desplome histórico superior al 40% en Wall Street. En contrapartida, los activos de YPF experimentaron un alza de más del 5%, alcanzando niveles máximos que no se registraban desde principios del año anterior. Analistas financieros destacan que este fallo reduce significativamente el riesgo de embargos sobre activos soberanos y mejora la calificación crediticia del país en el corto plazo.
Desde el Poder Ejecutivo, el presidente Javier Milei celebró la noticia a través de sus canales oficiales, calificándola como una «victoria histórica» que se alinea con su plan de estabilización económica. Por su parte, el equipo legal de la Procuración del Tesoro subrayó que el fallo reivindica la estrategia de defensa sostenida a través de diversas administraciones, la cual siempre argumentó que un tribunal extranjero no podía imponer interpretaciones sobre actos de soberanía nacional regulados por la Constitución Argentina.
No obstante el triunfo judicial, expertos en derecho internacional advierten que el proceso no ha concluido de forma definitiva. El juez Cabranes, en su voto disidente, mantuvo la postura de que el país debió cumplir con los compromisos estatutarios al momento de la nacionalización. Este desacuerdo interno en la Cámara de Apelaciones abre la puerta para que Burford Capital y otros fondos demandantes intenten elevar el caso ante la Corte Suprema de los Estados Unidos, aunque las probabilidades de que el máximo tribunal tome el caso son estadísticamente bajas.
El cierre de este capítulo, al menos en esta instancia, otorga a la Argentina un respiro fiscal equivalente a casi el 3% de su Producto Interno Bruto. La proyección a futuro sugiere que YPF podrá operar con mayor libertad en los mercados internacionales para financiar proyectos estratégicos, como el desarrollo de Vaca Muerta, sin la sombra de una deuda contingente de magnitudes sistémicas. La atención se desplazará ahora a los procedimientos residuales en tribunales inferiores, donde se terminarán de liquidar los aspectos técnicos de una causa que ha condicionado la política exterior del país por más de diez años.















