
La Justicia de Olavarría dictaminó que una cadena de supermercados deberá indemnizar a una clienta que sufrió lesiones al resbalarse con un charco de agua dentro del local. La gotera que generó el piso húmedo no había sido señalizada ni delimitada, lo que determinó la responsabilidad civil de la empresa.
El fallo sienta un precedente relevante en materia de responsabilidad del consumidor. Según la resolución judicial, las empresas tienen la obligación de garantizar condiciones seguras en sus instalaciones y de advertir con señalización adecuada ante cualquier riesgo previsible para los clientes.
El caso abre un debate sobre los estándares de seguridad que deben cumplir los establecimientos comerciales en Argentina. Asociaciones de defensa del consumidor suelen destacar que este tipo de fallos contribuye a que las empresas adopten protocolos más rigurosos de prevención de accidentes.















