La Cámara de San Isidro anuló las medidas cautelares que prohibían a un grupo de cronistas acercarse a Tapia y Toviggino, marcando un límite clave a los intentos de blindar la información pública en los tribunales.
La Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro revocó la medida cautelar que funcionaba como un virtual "bozal legal" para proteger al presidente de la AFA, Claudio "Chiqui" Tapia, y a su tesorero, Pablo Toviggino, de las investigaciones periodísticas que pesan sobre su gestión. La decisión judicial desactiva un controvertido fallo de primera instancia que limitaba severamente el trabajo de prensa y fue celebrada de inmediato por la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), que advirtió sobre el creciente peligro de utilizar los tribunales bonaerenses para blindar a dirigentes con enorme peso institucional.
El fallo de cámara deja sin efecto la resolución del juez de Garantías de Pilar, Walter Saettone, quien a pedido del mandamás de la AFA había prohibido a los periodistas Nicolás Pizzi, Federico Teijeiro, Bruno Yacono, Luis Gasulla y Mariano Roa obtener o difundir "datos personales, imágenes o información del ámbito privado o familiar" de los denunciantes. Las restricciones de Saettone también alcanzaban al empresario Leandro Camani y a los legisladores opositores Matías Yofe y Facundo Del Gaiso, impulsores de las denuncias penales por corrupción que inquietan a la cúpula del fútbol argentino. Al anular la cautelar, el tribunal de alzada admitió que estas prohibiciones condicionaban de manera directa e inconstitucional la labor periodística en temas de claro interés público.
La maniobra para silenciar las investigaciones se había gestado meses atrás, cuando Tapia y Toviggino recurrieron a la justicia penal bonaerense alegando una supuesta afectación a su seguridad e intimidad personal, en medio de una ola de revelaciones sobre presuntos desvíos de fondos y contratos digitados desde Viamonte. El juez de Pilar les concedió entonces una perimetral inédita para la prensa argentina: prohibió a los cronistas de investigación acercarse a menos de 500 metros de los directivos o de sus familias, y les vetó cualquier contacto por vías digitales o telefónicas. Ante la gravedad del hecho, ADEPA se presentó formalmente en la causa como "amicus curiae" para denunciar que el recurso no era más que una burda herramienta de censura previa.
El dato más revelador del expediente es el forzado encuadre que el juez de primera instancia validó para justificar la mordaza: equiparar el ejercicio del periodismo de investigación con situaciones de acoso personal o amenazas físicas que ameritan restricciones de seguridad. Los camaristas de San Isidro detectaron de inmediato esta manipulación procesal y recordaron en su fallo que quienes ejercen cargos de relevancia pública deben estar sujetos a un umbral de escrutinio social y judicial mucho más amplio que el de los ciudadanos de a pie. Con este argumento, el tribunal desarmó una doctrina peligrosa que amenazaba con convertirse en la receta perfecta para que cualquier dirigente sospechado de corrupción comprara impunidad mediante medidas de restricción.
A partir de este revés para la conducción de la AFA, los periodistas involucrados quedan plenamente habilitados para reactivar sus pesquisas y consultar fuentes directas sin la amenaza latente de incurrir en el delito de desobediencia judicial. En el plano político e institucional, Tapia y Toviggino se quedan sin su escudo preferido en el conurbano y deberán afrontar las causas de fondo por presuntas irregularidades administrativas desprovistos de este manto de protección penal. El fallo sienta un antecedente clave que limita futuros intentos de recurrir a magistrados complacientes en jurisdicciones amigables para frenar la publicación de información incómoda.
La resolución de la Cámara de San Isidro excede la mera formalidad procesal para convertirse en un recordatorio de que la intimidad no puede ser utilizada como coartada de impunidad para las figuras que manejan los resortes más opacos del poder nacional. Al restaurar las garantías constitucionales de los profesionales de prensa, la justicia provincial frena una maniobra que pretendía reescribir las reglas del debate público en beneficio propio. El periodismo vuelve a tener el derecho de preguntar y de informar sobre la AFA, una corporación acostumbrada a operar lejos de la transparencia.















