A través del Decreto 875/2026, el Poder Ejecutivo fijó las reglas para aplicar la Ley 27.801 en los fueros nacional y federal. Se crean comités de articulación no vinculantes y un registro provisorio de supervisores.
Apenas 48 horas después de que entrara en vigencia formal la baja en la edad de imputabilidad a los 14 años, el Gobierno oficializó la reglamentación de la Ley 27.801 mediante el Decreto 875/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial. La norma fija la letra chica operativa para administrar el nuevo Régimen Penal Juvenil en la justicia nacional y federal, marcando el inicio formal de una transformación profunda en la persecución penal a adolescentes de entre 14 y 18 años.
El decreto otorga al Ministerio de Justicia el rol de autoridad de aplicación y dispone la creación del Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil, un cuerpo técnico compuesto por psicólogos, pedagogos, trabajadores sociales y especialistas en adicciones encargados de controlar y asistir a los menores imputados. No obstante, frente a la inmediatez de la aplicación de la ley, el Ejecutivo facultó a la cartera judicial a armar una lista provisional de profesionales habilitados por un período de hasta 180 días, lapso tope para concretar la primera convocatoria pública definitiva.
La reglamentación llega para poner en marcha el texto que el Congreso sancionó en febrero pasado y que el Ejecutivo promulgó el 9 de marzo de 2026. Tras cumplirse el plazo de 180 días corridos dispuesto para la adecuación del Estado, la norma empezó a regir formalmente el último sábado. La Ley 27.801 abarca a los menores desde los 14 años cumplidos hasta las cero horas del día en que alcanzan los 18 años, fijando pautas punitivas específicas para los delitos tipificados en el Código Penal y leyes complementarias.
El detalle políticamente más significativo que revela el decreto es que los dos entes clave de coordinación institucional —el Comité Interministerial y la Mesa Federal— funcionarán con un alcance acotado, ya que sus dictámenes e informes serán "no vinculantes". El Comité, integrado por las carteras de Justicia, Seguridad, Capital Humano y Salud, así como la Mesa Federal que nuclea a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires, carecerán de fuerza coercitiva para imponer medidas unificadas. A la par, el esquema incorpora la obligación de habilitar patrocinio jurídico gratuito y asistencia psicológica a las víctimas, además de crear una sección especial dentro del Registro Nacional de Reincidencia.
Con la publicación del decreto, la ejecución de la ley se traslada de inmediato al ámbito de los tribunales y de las administraciones provinciales. Las jurisdicciones locales deberán acelerar mediante la Mesa Federal el traspaso y la armonización de criterios procesales, mientras la justicia penal nacional y federal comenzará a aplicar el nuevo régimen a los hechos cometidos desde este sábado. El desafío técnico urgente pasará por la capacidad de respuesta de los juzgados ante la falta de una nómina definitiva de supervisores en los primeros meses.
La puesta en marcha de la Ley 27.801 deja al descubierto la prisa oficial por reglamentar un cambio institucional estructural mediante parches administrativos temporales. Con un esquema apoyado en órganos de consulta sin carácter obligatorio y una nómina provisoria de profesionales, el impacto real del nuevo régimen penal para adolescentes dependerá exclusivamente del presupuesto, los recursos humanos y la capacidad de gestión que el Estado vuelque en el territorio.














